En atención al Artículo 26, Parágrafo 1º de los Estatutos de la Asociación Sindical, que dice:
"De conformidad con la Ley la Junta Directiva determinará la distribución de los cargos teniendo en cuenta que la Fiscalía corresponda a la votación mayoritaria entre la minorias. Los demás cargos directivos serán distribuidos de conformidad con las normas vigentes en el momento de la Elección".
Por lo anterior y como el magisterio de Chinácota solo inscribió una Lista, naturalmente no es posible elegir al Fiscal.
"De conformidad con la Ley la Junta Directiva determinará la distribución de los cargos teniendo en cuenta que la Fiscalía corresponda a la votación mayoritaria entre la minorias. Los demás cargos directivos serán distribuidos de conformidad con las normas vigentes en el momento de la Elección".
Por lo anterior y como el magisterio de Chinácota solo inscribió una Lista, naturalmente no es posible elegir al Fiscal.
Oportunamente la Subdirectiva informó la situación y se determinó partir y completar dos listas